Imponen a periodistas condiciones laborales igual o más lesivas que la pandemia del Covid-19

Seis empresas que representan 18 medios de comunicación en el país, fueron denunciadas ante el Ministerio de Trabajo por prácticas con ocasión del Covid-19 que vulneran derechos de los trabajadores. El Gobierno de Colombia debe materializar de manera contundente el mecanismo de “Fiscalización laboral rigurosa a las decisiones laborales de empleadores durante la emergencia sanitaria”, contemplado en la Circular 022 del 19 de marzo de 2020, del Ministerio del Trabajo.

[Translate to Spanish:] Créditos: FECOLPER

La FECOLPER  y la Federación Internacional de Periodistas, rechazan y repudian prácticas de algunos empleadores  en Colombia que desmeritan los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras del sector de medios de comunicación, violando la normativa nacional y desconociendo los tratados ratificados por el país, en detrimento del empleo de periodistas y del derecho a la información como un servicio público esencial.

La Plataforma de Atención a Periodistas de FECOLPER, en su campaña para detectar posibles abusos laborales, revisó contratos de trabajo, recolectó evidencias documentales y las analizó según el ordenamiento jurídico vigente, detectando en materia laboral las siguientes irregularidades con ocasión del COVID-19:

1. La imposición de licencias no remuneradas de manera unilateral, con coacción o bajo condicionamientos de empleadores. Se advierte que las licencias no remuneradas son una alternativa ante la emergencia sanitaria por COVID-19, pero el trabajador necesariamente debe manifestar su voluntad libre, espontánea y sin apremios para tomarla. La Fecolper evidenció que algunos empleadores obligaron a trabajadores a firmar este tipo de licencias, otros amenazaron con no pagar el salario de sus trabajadores si no las firmaban, siendo esto prácticas ilegales.

2.  La modificación de la jornada laboral con una disminución en un valor o en un porcentaje del salario del trabajador, exigiendo la misma cantidad de trabajo o incluso, una mayor.

3.  La sobrecarga de trabajo y la asignación de actividades fuera del horario habitual del trabajador. Según el derecho laboral colombiano, el empleador debe respetar el volumen y horario del trabajador que está en teletrabajo o trabajo en casa, es decir, estas condiciones deben ser similares a las que tenía el periodista cuando realizaba sus actividades de manera presencial en el medio de comunicación.

4.  La disminución del salario del trabajador en la modalidad de teletrabajo, exigiendo la realización de las mismas labores y el mismo rendimiento.

5.  La suspensión de los contratos de trabajo argumentando configuración de fuerza mayor o caso fortuito sin dar aviso al Ministerio de Trabajo y sin analizar otras alternativas más favorables al trabajador que le permitan seguir ejecutando la labor periodística en medio de la pandemia. Se observó que algunos empleadores afirmaron que era “imposible” que los periodistas realizaran sus actividades, sin embargo, el único funcionario que puede resolver si se configura o no la situación de caso fortuito o fuerza mayor es el juez laboral.

6. El aprovechamiento injustificado de la coyuntura para realizar despidos y terminar unilateralmente contratos de trabajo directos y de trabajadores en misión, desconociendo todos los derechos y beneficios otorgados por la legislación laboral.

7. El despido individual y masivo de trabajadores sin ningún tipo de indemnización. No obstante, en Colombia, el COVID-19 no ha sido declarado como fuerza mayor ni como una situación que permita despedir a los trabajadores con justa causa.

8. La ausencia de condiciones óptimas de salubridad y de medidas para la prevención y mitigación del virus en las instalaciones de los medios de comunicación, exigiendo a los periodistas comprar con sus propios recursos los elementos de higiene y bioseguridad para la protección personal.

9.  La exigencia de cubrir noticias respecto del COVID-19 y otra información de interés público que implica el desplazamiento de periodistas por las ciudades y municipios, sin proporcionarles herramientas como tapabocas, alcohol, gel antibacterial, material instrumental y  para el cuidado de los equipos necesarios en el desarrollo de servicios de reportería.

10. La imposición de funciones y obligaciones posteriores a las firmadas inicialmente en órdenes de prestación de servicios con contratistas (Periodistas), las cuales desbordan el ámbito de lo pactado.  Si bien los contratos de prestación de servicios en Colombia se rigen por la legislación civil, el contratante debe respetar las clausulas pactadas y las condiciones establecidas de común acuerdo.

Para la FECOLPER y la FIP, todas las prácticas descritas anteriormente y que han sido aplicadas por algunos empleadores durante el periodo de emergencia nacional, son letales para los periodistas y demás trabajadores del sector.  Resulta sorprendente que a la fecha de este pronunciamiento solo se esté atendiendo una  denuncia del total de instauradas, lo que manifiesta la poca celeridad del sistema de fiscalización en Colombia, mientras que, lamentablemente, los derechos de los trabajadores siguen siendo vulnerados.

MANIFIESTO

En representación de los trabajadores y las trabajadoras del sector de medios de comunicación, las organizaciones:

  • Expresan que la reducción de la publicidad es una realidad que afronta el sector, pero, de ninguna forma, la solución puede focalizarse en medidas que afecten los derechos laborales protegidos por el ordenamiento jurídico. Resulta inadmisible que muchas empresas se escuden en la indiscutible baja de sus ingresos, por la reducción o ausencia de publicidad, para vulnerar las condiciones de los trabajadores de los medios nacionales y regionales.
  • Instan a los empleadores de periodistas y de otros trabajadores del sector, a abstenerse de incurrir en prácticas lesivas que pueden llegar a generar significativas sanciones pecuniarias, agravando la difícil situación económica que atraviesan la mayoría de medios de comunicación.
  • Advierten que de persistir una situación como la descrita, los daños para el empleo y la actividad periodística serán irreversibles. En circunstancias tan impredecibles como las que actualmente se afrontan, el empleador debe abstenerse de realizar prácticas abusivas y de tomar decisiones arbitrarias, porque en estos momentos de dificultad es donde con mayor razón debe mantener la solidaridad y el respeto con todos sus trabajadores y sus respectivas familias, que son la fuerza laboral que impulsa el desarrollo de sus medios de comunicación.
  • Recuerdan que el derecho a la información es un servicio público esencial, y, la realización de actividades periodísticas y de divulgación de información, puede desarrollarse a través de canales digitales, que no desmeriten en ningún momento las prerrogativas con que cuenta el trabajador en vigencia de la relación laboral.
  • Aseguran que a la realidad del empleo formal, se suma la crítica situación de los trabajadores independientes que no cuentan con los recursos suficientes para seguir asumiendo el pago de sus aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y mantener especialmente la cobertura en salud en estos tiempos de crisis.
  • Exigen que todos los empleadores de empresas públicas y privadas tomen las medidas pertinentes y promuevan el ejercicio periodístico, protegiendo a todos sus trabajadores mediante la conservación del empleo y la adopción de medidas de precaución, ya que se trata de una actividad de alto riesgo  y con mayor exposición al virus, tal como ha sido  advertido por el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo.
  • Valoran las denuncias que de manera confidencial, anónima y reiterativa, aportaron periodistas de todo el país  y que confiaron en la Federación Colombiana de Periodistas  para denunciar graves actuaciones por parte de sus empleadores, en detrimento de sus derechos laborales.
  • Se comprometen a hacer seguimiento a las denuncias presentadas, así como también a revelar los resultados de la investigación que mide las condiciones de trabajo decente de periodistas en Colombia, bajo los cuatro objetivos estratégicos que lo componen: oportunidades de empleo, derechos fundamentales en el trabajo, protección social y diálogo social.

For more information, please contact IFJ on +32 2 235 22 16

The IFJ represents more than 600,000 journalists in 146 countries

Follow the IFJ on TwitterFacebook and Instagram

Subscribe to IFJ News